Mediante una rápida acción conjunta entre el Ministerio de Cultura, la Policía de la Provincia y el Juzgado de Instrucción N°6, se logró el secuestro de una pieza arqueológica que dataría del año 1706 y que era ofrecida a la “venta al mejor postor” en la red MarketPlace. La pieza ya se encuentra resguardada en el Museo Provincial Histórico y Arqueológico Andrés Guacurarí, de Posadas.
“Es la primera vez que desde Cultura de la Provincia se logra una restitución tan rápida en un hecho de estas características, y se debe a un trabajo conjunto con las otras instituciones”, explicó María Laura Lagable. subsecretaria de Fomento y Regiones Culturales, a cargo del área de Revalorización Patrimonial y Museos, del Ministerio de Cultura.
El proceso que dio inicio a esta acción de rescate arqueológico, donde entró a tallar la Dirección de Cibercrimen de la Policía de la Provincia, se inició unas semanas atrás, ante la denuncia de un particular que manifestó ver en una red social que alguien estaba ofreciendo a la venta “al mejor postor”, un supuesto mortero jesuítico del año 1706. El aviso llegó a la Subsecretaría de Revalorización Cultural y Museos (organismo de aplicación respecto a la protección de Bienes Patrimoniales Culturales y Arqueológicos). A partir de allí, el 12 de septiembre de 2022, se realizó la denuncia en la Comisaría Seccional Cuarta, amparados en la legislación existente al respecto. Atendiendo a la premura con la que se debe actuar ante este tipo de hechos, la Dirección de Cibercrimen de la Policía de la Provincia inició las investigaciones para poder localizar la pieza arqueológica antes de que fuera vendida. La oferta se publicó en el sitio de Facebook denominado MarketPlace, aunque al poco de salir fue borrado.
Paralelamente a la denuncia, “nos pusimos en contacto con el Juzgado de Turno (Juzgado de Instrucción N° 6), a cargo del juez Ricardo Balor, quién personalmente tomó actuación en el caso, para lograr la rápida recuperación de la pieza”, explicó Lagable. La misma se considera parte del Patrimonio Cultural de la Provincia, y su ofrecimiento está prohibido por ley Nacional 25.743 (Protección del Patrimonio Arqueológico) y por ley Provincial VI – N°18 (Régimen Del Patrimonio Cultural Provincial).
Sin dudas “gracias a la buena articulación entre estos organismos y a la rapidez con la que se realizó el procedimiento, el sábado 24 de septiembre se logró el secuestro de la pieza denunciada”. La pieza estaba siendo ofrecida en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pero ya se encuentra restituida a la provincia y resguardada en el Museo Provincial Histórico y Arqueológico “Andrés Guacurarí”, dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura.
Mientras desde la Policía y el Juzgado se sigue investigando el caso, a las autoridades provinciales encargadas del resguardo del patrimonio, les toca otro tipo de investigación. “La pieza es fehacientemente un mortero, pero a nuestros especialistas les tocará decir de qué fecha y de qué materiales está hecho. Y luego ponerlo al resguardo de factores externos que puedan dañar la pieza”, explicó la referente del área.
Una normativa (aún) poco conocida
Lagable aprovechó la oportunidad para hacer un poco de docencia al respecto. “Hay mucha gente que no conoce cómo funciona la ley de Patrimonio y por eso incurre en delitos, sin ser conscientes de ello. Por eso, queremos refrescar el contenido de la legislación al respecto”. Nuestro país cuenta con una ley específica para el resguardo de Bienes Patrimoniales. Se trata de la Ley 25.743, que en su artículo 40 estipula que “las personas que por cualquier motivo descubran materiales arqueológicos o paleontológicos en forma casual en la superficie o seno de la tierra o en superficies acuosas, deberán denunciarlos y entregarlos de inmediato al organismo competente o en su defecto a la autoridad policial más cercana, la que deberá comunicarlo al referido organismo. La omisión del deber de denuncia y ocultamiento hará pasibles a sus autores de un apercibimiento y, si mediare reincidencia, de una multa. En todos los casos procederá el decomiso de los materiales reunido”.
También es muy claro al respecto el artículo 43: “Las personas que, con posterioridad a la promulgación de la presente ley, se apropien y/o comercialicen objetos arqueológicos y/o paleontológicos y aquellos que los recibieren, aunque aleguen buena fe, serán pasibles de una multa y el decomiso de los bienes. Cuando se tratare de ventas llevadas a cabo en establecimientos comerciales se dispondrá además su clausura temporaria, siendo procedente la clausura definitiva en caso de reincidencia”. Asimismo, Misiones cuenta con una Comisión Provincial de Patrimonio, creada por ley e integrada por representantes de distintos estamentos del Estado. En este espacio se comparte información y se está muy atento a este tipo de noticias.