Se llevarán a cabo el próximo jueves 22 y 29, respectivamente, a través de la plataforma ZOOM. Inscripciones al mail relacionesinstitucionales@cultura.misiones.gob.ar
En el marco de las asesorías gratuitas para artistas misioneros, la Secretaría de Estado de Cultura de la Provincia convoca a una actividad gratuita y vía Zoom donde se explicará los conceptos generales y alcances de la normativa que regula la Propiedad Intelectual y Derecho de Autor en la Argentina. Además, se explicará cómo se realiza debidamente el trámite correspondiente a la gestión ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA).
La charla tendrá lugar el jueves 22 de octubre a partir de las 10 horas, y quienes deseen participar de la misma, pueden inscribirse enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: relacionesinstitucionales@cultura.misiones.gob.ar.
La capacitación estará a cargo del abogado y experto en Project Manager, Luis Quaranta, quien es asesor jurídico sobre Derechos de Autor y Marcas en la Secretaría de Estado de Cultura. “Esta actividad estará orientada a que tanto los artistas como todas aquellas personas interesadas en registrar sus obras, para acceder al Derecho de Autor, puedan conocer mejor de qué se trata, qué dice y qué implica la ley, y sobre todo cómo deben proceder ya sea para registrar una obra o ayudar a alguien a hacerlo” adelantó Quaranta.
Desde Cultura recordaron que esta acción forma parte de “una campaña que apunta a concientizar a los artistas y productores culturales de la provincia, acerca de la importancia de los derechos autorales y su rol en la prevención de usos indebidos, plagios o circulación no autorizada de las obras” e informaron que desde el mes de septiembre, cuando se habilitó un correo abierto a consultas acerca del acceso al derecho de autor (asesorias@cultura.misiones.gob.ar), fueron muchas las personas del sector (música, teatro, cine, arte pictórico,etc) que comenzaron a utilizar la asesoría para avanzar en el proceso de registro de obras.
“Es importante saber que tanto una canción, como un libro, o el fragmento de una obra, una idea, una fotografía, en fin, toda obra creativa está sujeta de poder registrarse y ser así alcanzada por el resguardo que propicia la normativa” señalaron desde el organismo. La referencia es para Ley de Propiedad Intelectual (Ley 11.723).
“La obra registrada adquiere certeza de su existencia en determinada fecha, de su título, su autor, traductor y contenido. Además, el registro es una presunción de autoría que otorga el Estado, con una fecha cierta de inscripción. El registro en la Dirección Nacional del Derecho de Autor, sirve de elemento de comparación en casos de plagio y piratería. Se presume autor de la obra el que figura como tal en el certificado otorgado por la DNDA, salvo prueba en contrario” subrayaron desde Cultura en alusión a los beneficios que otorga el Derecho de Autor.